miércoles, 14 de noviembre de 2007

¿Porqué "no a la reforma"?‏

Alberto Arteaga Sánchez // ¿Porqué "no a la reforma"?

Una constitución democrática no puede establecer una reelección indefinida, continua...
Porque no es una reforma, sino una nueva constitución elaborada al margen del debido proceso, por lo tanto nula de nulidad absoluta y no susceptible de ser convalidada.

2. Una constitución es un pacto social producto del consenso de la colectividad y no una declaratoria contra pretendidos enemigos que persiga blindar al gobierno con respecto a supuestas acciones desestabilizadoras de sus adversarios, sin resolver los problemas básicos que afectan a la sociedad. Los enemigos no son los disidentes, sino los males gravísimos de la inseguridad, la marginalidad, la corrupción y la inestabilidad económica y social.

3. Una constitución democrática no puede establecer una reelección indefinida, continua o perpetua en un país en el cual el gobierno no tiene contrapesos, controla todos los poderes y maneja a discreción a la administración pública que, en sus instancias directivas, sirve a la parcialidad política oficialista, con el más abierto apoyo que pueden brindar recursos humanos y económicos del Estado.

4. La propuesta de nueva constitución es regresiva en materia de derechos humanos, cuya protección disminuida solo encontraría vigencia teórica en períodos de normalidad y no de excepción, en los cuales, precisamente, se arrastra en Venezuela una tradición de atropello a la dignidad de la persona humana.

5. La propuesta de nueva constitución implica un golpe certero a la propiedad privada, relegada a un plano secundario, mediatizada y condicionada a pretendidas exigencias del aparato del gobierno que se propone constitucionalizar la ocupación previa sin compensación alguna, a través de las reformas por decretos-leyes que seguirán al texto
constitucional.

6. No hay constitución democrática sin pluralismo político y éste desaparece con la meta y programa de construcción de un pretendido socialismo excluyente que no es bolivariano ni cristiano.

7. Muestra evidente de la regresión en materia de derechos humanos es la modificación del artículo 272, excluyente de la profesionalización del personal de las prisiones y favorecedor del centralismo ineficiente de la administración de los antros penitenciarios, por lo cual en nada contribuirá a sanar la llaga purulenta de un sistema de degradación y ofensa la dignidad de los reclusos.

8. En un Estado social y de derecho no se puede imponer una sedicente mayoría en decisiones sobre cualquier asunto, no siendo disponibles ni negociables los derechos humanos.

9. La nueva constitución ataca, en su esencia, la autonomía universitaria, verdadera escuela de la pluralidad del pensamiento, cátedra de la tolerancia y del respeto por las ideas de otros, imponiendo un sistema de elección de las autoridades que no es el producto de la discusión y del acuerdo de la comunidad académica.

10. El texto propuesto, elaborado en un cenáculo político no representativo de las diversas corrientes que hacen vida en el país, se constituye en el marco propicio para atacar a los disidentes políticos y para favorecer un solo pensamiento que nada tiene que ver con la esencia del venezolano, ajeno a los odios y divisiones sembrados en un país que anhela la paz, la concordia y la unión en la diversidad.

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